Contemos historias. Historias cotidianas de esas que forman y conforman el alimento esencial, esas mondas y migajas, y qué mejor manera de hacerlo que mediante las imágenes y los relatos de todas. 
Mañana será otro día, no faltará un caracol.
Mañana será otro día, no faltará un caracol.

Mañana será otro día, no faltará un caracol.




¿Qué es ser menor, extranjero y no acompañado?

De esta pregunta surge este proyecto, el cual parte de mi experiencia laboral como educadora social en un piso de acogida con adolescentes que han llegado a España bajo estas singularidades y, por otro lado, de mi inquietud por el ámbito migratorio, habiendo participado en movimientos ciudadanos como la Asamblea de Apoyo a Personas Migrantes de Salamanca y la red estatal Caravana Abriendo Fronteras.


A través de este proyecto fotográfico, se busca hablar de identidad, conocer los rostros y los nombres de estos chicos, romper con la imagen negativa que se ha creado a nivel mediático y político en torno a ellos, entender qué hay detrás de ese proceso migratorio, divisar cómo es el viaje, cuáles son sus aspiraciones, sus sentimientos y sus sueños, qué pasa al pisar suelo europeo, cómo es el entramado burocrático, qué diferencias existen al nacer en uno u otro país, qué sucede al cumplir la mayoría de edad, cómo viven su día a día… En definitiva, saber quiénes son.

A la hora de crear este proyecto, han participado numerosos chicos pero, finalmente, aparecen en las imágenes 5 de ellos: Naoufal El Moghir, Mohammed Benelfakrounia, Abdessamad Chahchouh, procedentes de Marruecos, Youssou Fall, nacido en Senegal y Moussa Sidibe, originario de Malí.



Señalar que todos ellos son varones puesto que mayoritariamente son los que llegan a través de estos trayectos migratorios: camiones, desierto, centros de internamiento, barcos, pateras, vallas, etc., viviendo y padeciendo numerosos obstáculos, con un único objetivo que dejan en manos de la suerte: pisar vivos suelo europeo y buscar a la famosa gallina de los huevos de oro.




Cuando eres menor, extranjero y no vienes acompañado por una persona adulta de tu familia, el proceso burocrático tiene ciertas peculiaridades. Al cruzar la frontera (independientemente de que la entrada sea por tierra, mar o aire), el primer paso es la identificación policial.


Así comienza todo. “ÁREA DE DOCUMENTACIÓN”: “A su llegada, el menor no aporta consigo documentación originaria de origen. Tras la primera entrevista el menor refiere que le pueden enviar documentación originaria de su país de origen. Por ello, se procederá a la comparecencia ante la comisión de tutela y una vez asumida esta, se solicitará la Carta de Identidad y el Pasaporte. Finalmente, se procederá a tramitar el permiso de residencia y de trabajo”.




Los menores no suelen portar documentación, pero de alguna forma hay que saber quiénes son y sobre todo, qué edad tienen (por eso de dejarles entrar o invitarles a volver por donde han venido). Ante la duda, “el médico radiólogo y Sr. Médico Forense” realizan un examen médico para determinarles la edad. ¿En qué consiste? Es una radiografía de la muñeca izquierda, la mano y los dedos, la cual se compara con un modelo estándar. Parece ser que los huesos determinan la madurez personal, pero, afortunadamente para algunos, las placas de crecimiento no avanzan igual para todos y hay cierta flexibilidad que recae en manos de la sabiduría y determinación médica. Así pues, en el mejor de los casos, dónde la edad cronológica podría decir 18 años y 3 meses, una prueba ósea marca la “edad esquelética” en 16 años y 9 meses: “Compatible con minoría de edad”, “teniendo la determinación efectos provisionalísimos”, ya que posteriormente pueden realizarse otro tipo de pruebas de mayor precisión, o bien comparar la documentación con la del país de origen (cuando se reciba esta). Es curioso que los cumpleaños caigan en fechas señaladas como el día de Reyes o de Navidad.




Esta cuestión de tiempos es clave. Veremos los porqués.

Conforme a las leyes de la Unión Europea, los estados tienen la obligación de salvaguardar legalmente a los menores que están solos. Tras decretarse esta condición, comienzan los trámites. El Decreto de Minoría de edad establece que “el Ministerio Fiscal lo pondrá a disposición de los servicios competentes de protección de menores. Conforme a lo establecido en el protocolo de actuación (…) y a lo ordenado por el llmo. Sr. Fiscal jefe a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para la conducción del presunto extranjero menor (…) para su registro y posterior traslado al centro de protección (…). A partir de ese momento, el Estado tiene la guarda o tutela de dicha persona, teniendo por tanto que responsabilizarse de su cuidado hasta que cumpla la mayoría de edad.



El nombre propio también puede tener sus errores. Como escasean los intérpretes, los nombres no suenan muy castellanos y, el registro personal en una oficina policial cae en la monotonía, el teléfono “escacharrao”, juega malas pasadas. Las transcripciones en las primeras fichas de identificación y reconocimiento, caen en renombrar a las personas, añadiendo y quitando letras en nombres y apellidos. ¿Qué más da si es Mohamed, Mohammed, Moha o Mójame? El nombre puede ser de las pocas cosas que traen consigo y, aun así, en muchos casos es modificado. Esto acarrea un proceso de anonimización, desidenficación y reidentificación, lo cual supone la falta de reconocimiento personal y, a la larga, al comparar la documentación con la del lugar de origen, otra serie de problemáticas que obstaculizan los procesos documentales. ¿Qué ocasiona? Pedir varias citas más, tiempos de espera o que el mismísimo Delegado de Gobierno tenga que modificar los datos para tramitar o incluso renovar la documentación.

Con la edad y el nombre recreados, se les toma las huellas y asigna un NIE (Número de Identidad de Extranjero), y un número de tutela, con los cuales se les realiza la “Ficha de inscripción MENA”, la cual marca su existencia e identidad en territorio español.

Con dicho documento, se les deriva a un Centro de Primera Acogida. Estos recursos son espacios de residencia temporal donde los adolescentes viven hasta que son trasladados a otras provincias. Estos primeros centros, se ubican en ciudades que limitan con las fronteras (por ejemplo, en Ceuta o Melilla), o bien en ciudades grandes como Madrid. Al ser algo temporal, casi de urgencia, la intervención por parte de los profesionales es muy limitada y la convivencia entre tantos adolescentes en ocasiones supone conflictos internos.


“Mediante Oficio de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras”, se determina su próximo destino: la península. Puede ser que accedan como primer domicilio a algún piso de acogida ubicado en el sur (Andalucía, Murcia…), o bien, sean derivados a otros centros de primera acogida situados en otras comunidades, como en este caso la Comunidad de Madrid, donde ya nos ubicaremos en este proyecto. En dicha capital se ubican el Centro de Primera Acogida de Casa de Campo y el Centro de Primera Acogida de Hortaleza. En numerosas ocasiones, incluso pasan por ambos centros antes de alojarse en un piso de acogida.



La Sección de Menores de la Fiscalía Provincial (de Madrid), revisa de nuevo el Decreto de Determinación de Edad para corroborarlo o refutarlo. Parece que están conformes con el caso. La Fiscalía “ha acordado considerar como fecha de nacimiento del interesado la reflejada en la documentación por él aportada…” y tras ampararse en la legislación, “en virtud de lo dispuesto en el artículo 172 del Código Civil, se considera como situación de desamparo por el imposible ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda del/la menor por parte de sus padres y encontrarse el/la menor privado/a de la necesaria asistencia moral y material”. Además de otra serie de leyes como “el art. 14 de la LO 1/1996 de Protección Jurídica del Menor en redacción de Ley 26/2015 de modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la Adolescencia, que regula la figura de la Atención Inmediata”, o bien, leyes internas a la propia Comunidad de Madrid como la Ley 6/1995, de 28 de marzo, que en sus artículos 51, 53 y 78, tratan sobre las Garantías de los Derechos de la Infancia y Adolescencia.





La Coordinación de Centros de Protección de Menores y la Comisión de Tutela del Menor, deriva a los menores a los recursos residenciales existentes, dejando en manos de la Dirección de estos centros, la condición de guardador o tutor legal. Estos recursos están en manos de entidades privadas. Nuevo hogar. Pisos donde viven 10, 12, 14 adolescentes con recursos bastante limitados. Incluso en el propio piso de acogida, los chicos ocasionalmente “pierden” su nombre, aunque no queramos anular su identidad. Se emplean siglas a la hora de realizar los informes, marcar las carpetas, las taquillas, los yogures e incluso los huevos. Una cuestión práctica que los convierte en NEM, MB, AC, YF y MSI.



Además, desde la Comunidad de Madrid, se nombra a un técnico adscrito a la Zona de Acción Tutelar correspondiente, siendo responsable de la instrucción y seguimiento de dichos expedientes.




Empieza una nueva fase, exprimir los meses como menor de edad: aprender castellano, hacer cursos vinculados a oficios concretos que les permitan encontrar empleo rápidamente, tramitar la documentación (empadronamiento, abono del metro, pasaporte del país de origen, autorización de residencia temporal inicial, tarjeta de identidad de extranjero, número de la Seguridad Social, Documento de Asistencia Sanitaria para Extranjeros (DASE) y futura Tarjeta Sanitaria, Cuenta Bancaria…), y entre tanto, entender quiénes son, convivir de la mejor manera posible con los compañeros y las trabajadoras que acompañamos ese proceso, lidiar con la ruptura de su lugar de origen y entender sus nuevas situaciones vitales, convivir en contextos racistas y xenófobos, determinar su futuro próximo, explicar a las familias que la burocracia tiene sus tiempos y que sin documentación (en principio), no pueden trabajar ni enviar dinero, etc.




La cuestión burocrática supone un gran comedero de cabeza, tanto para los profesionales como para los propios chicos. Miles de requisitos, cambios en los mismos, esperas, conseguir cita previa, no hay citas, parones en la administración por vacaciones o huelgas… y entretanto, la pregunta clave. ¿Cuándo era mi cumpleaños? Y en este caso, no es por los regalos. Automáticamente al cumplir la mayoría de edad salen del sistema. Existe algún que otro recurso residencial para mayores de edad, son los llamados pisos de autonomía. A ellos acceden los mejores expedientes. Allí pueden vivir unos meses hasta que definitivamente “se independizan” y comienza su vida adulta identificados como “residentes extranjeros”.





Dependiendo del lugar de origen, existe una “mayor” facilidad y flexibilidad a la hora de solicitar y recibir la documentación en el Consulado del país correspondiente, así pues, un menor maliense necesita mucha más paciencia que un chico marroquí. “En caso de no conseguir la documentación necesaria para tramitar el documento identificativo del país de nacimiento del menor, o que éste trámite dure más tiempo del esperado y se acerque la fecha de mayoría de edad, se tendrá que solicitar la cédula de inscripción al Área de Protección del menor con una antelación más o menos de 4-6 meses antes de que el menor cumpla la mayoría de edad”.

Si va por “la vía rápida”, tras recibir el acta de nacimiento, el libro de familia, el documento nacional, pagar tasas y otra serie de documentación requerida por la administración, ya pueden solicitar el pasaporte del país de origen, mediante el cual, podrá comenzar a tramitarse la tarjeta de residencia para poder vivir y trabajar legalmente en España.


Algunos chicos deciden solicitar la nacionalidad española, trámite que es más sencillo y “rápido» de conseguir si su gestión comienza siendo menor de edad. Para solicitar la nacionalidad española, deben renunciar a su nacionalidad de origen, además de cumplir una serie de requisitos entre los que se encuentra escribir una carta manuscrita, “a puño y letra”, que explique las razones por las que se solicita acceder a dicha nacionalidad, aceptando la voluntad de renunciar a la propia y manteniendo de por vida, aun poseyendo un pasaporte español, la condición de extranjero.



A lo largo de todo ese proceso de esperas y esperanzas, el objetivo de buscar a la gallina de los huevos de oro cae en saco roto y se transforma por la realidad de conseguir ser un ciudadano más y mantener la identidad, desayunar huevos los domingos, poner huellas, obtener una tarjeta de residencia, un trabajo y un pasaporte de ida y vuelta.

Madrid, España